Perito economista para despachos de abogados

Perito economista para abogados: cuantificamos lo que tu cliente reclama

Tienes claro el fundamento jurídico. Lo que necesitas es que alguien cuantifique cuánto ha perdido tu cliente, con un informe de método explícito, hipótesis contrastables y conclusiones que podamos explicar y sostener en la ratificación. Trabajamos con despachos como perito economista de parte, en propiedad horizontal, inmobiliario y reclamaciones de daños a negocios.

Qué aportamos a tu procedimiento

  • Informe pericial económico con metodología explícita, hipótesis contrastables y anexos documentales. Ver alcance.
  • Cuantificación de lucro cesante y daño emergente en obras, siniestros, incumplimientos e interrupción de actividad. Ver método.
  • Revisión económica de comunidades de propietarios: cuentas, gestión del administrador, gastos sin soporte, proveedores. Ver servicio.
  • Contrainforme sobre la pericial de contrario.
  • Ratificación en vista y respuesta a aclaraciones.

Cómo trabajamos contigo

01

Reunión inicial

Para fijar objeto, alcance y plazos, incluido el procesal si existe.

02

Documentación

Lista cerrada de la documentación que necesitamos de tu cliente.

03

Avance de conclusiones

Antes de redactar el informe, para que no haya sorpresas.

04

Informe

En el formato que necesites aportar.

05

Ratificación

Preparación de la ratificación contigo, antes de la vista.

Por qué un perito especializado en propiedad horizontal

Un perito generalista sabe de contabilidad. Nosotros sabemos además cómo funciona una comunidad, un administrador, un local en un edificio y las obras en elementos comunes. Esa especialización acorta el trabajo y hace el informe más preciso.

Resolvemos tus dudas

Como referencia, entre dos y cinco semanas. Es un plazo estimado, sujeto a la valoración individual de la complejidad, el alcance y la documentación disponible en cada caso. Si hay un plazo procesal, lo tenemos en cuenta desde la primera reunión.
Sí. El análisis es remoto; nos desplazamos a ratificar.
Sí, informes técnico-económicos para acuerdos extrajudiciales.